El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció una prórroga hasta el 31 de diciembre de 2025 para que los contribuyentes cumplan con la obligación fiscal de activar su Buzón Tributario. Esta medida permite a las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) actualizar sus medios de contacto, como correo electrónico y número celular, en el portal oficial del SAT.
No obstante, el incumplimiento de esta disposición puede derivar en sanciones económicas, con multas que oscilan entre 3,850 y 11,540 pesos, según lo estipulan los artículos 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación.
Beneficios del Buzón Tributario del SAT para las empresas y contribuyentes
El Buzón Tributario, implementado en 2020, no solo es una obligación fiscal, sino también una herramienta que ofrece beneficios significativos para los contribuyentes. Algunos de ellos son:
- Acceso a un portal privado y personalizado.
- Notificaciones electrónicas inmediatas.
- Información oportuna sobre trámites fiscales, requerimientos y resoluciones.
- Invitaciones a programas y beneficios fiscales.
- Certeza jurídica en los actos y operaciones emitidos por el SAT.
Además, este canal busca optimizar la comunicación entre el SAT y los usuarios, brindando mayor agilidad y seguridad en las notificaciones y gestiones fiscales.
Exenciones y proceso de activación
No todos los contribuyentes están obligados a activar su Buzón Tributario. Entre los exentos se encuentran:
- Personas físicas y morales con situación fiscal cancelada o suspendida.
- Personas físicas sin obligaciones fiscales ni actividad económica.
- Asalariados con ingresos menores a 400 mil pesos en el ejercicio fiscal anterior.
Proceso de activación:
- Ingresa al portal oficial del SAT (sat.gob.mx).
- Haz clic en la opción Buzón Tributario.
- Inicia sesión con tu RFC y contraseña o utiliza tu e.firma.
- Registra tu correo electrónico y número celular en el formulario de medios de contacto.
- Verifica los datos ingresados a través de un enlace enviado por correo y un código recibido vía SMS.
Los contribuyentes tienen un plazo de 72 horas para completar esta verificación y garantizar la activación del Buzón.
El SAT exhorta a los contribuyentes a aprovechar esta prórroga para cumplir con esta obligación, asegurando así el acceso a los múltiples beneficios que este sistema ofrece y evitando sanciones económicas que impacten su economía empresarial o personal.